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Los abogados de los trabajadores de 'La mañana de La 1': "Se ha reinterpretado la ley temerariamente. Es una barbaridad"

FormulaTV.com ha contactado con los abogados de los trabajadores afectados para conocer su versión.

Por Alfonso MuñozPublicado: Jueves 11 Diciembre 2014 17:00

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La mañana

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Esta mañana se conocía la noticia de que 21 trabajadores del programa 'La mañana de La 1' eran despedidos tras tres años con contrato de obra, para no tener que transformar su contrato en un indefinido, según ellos mismos han denunciado.

FormulaTV.com ha podido hablar con el equipo legal que se encuentra ahora mismo defendiendo y asesorando a los trabajadores afectados. Sus abogados, en declaraciones exclusivas a FormulaTV.com, afirman que "la ley configura la duración máxima no como una duración máxima del contrato sino como una duración máxima de la situación de temporalidad en la que puede permanecer el trabajador. Esto es así desde la última reforma del año 2010, buscando reducir la precariedad y aumentar los contratos indefinidos".

Mariló Montero

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Además, añaden que lo que se ha hecho es "una interpretación de la ley temeraria y una barbaridad, y lo saben". Y matizan que " de ninguna manera han reclamado que se les reconozca como fijos, algo que el propio comité ha dejado bien claro. La ley lo que obliga ahora es a convertirlos en indefinidos, no en fijos".

Por último, señalan que "la única cláusula legal para finalizar sus contratos es el final del programa. Sus contratos, por tanto, no pueden porque el programa continúa".

TVE se defiende

Tras el revuelo generado por esta noticia, Radio Televisión Española ha querido contar su versión y aclarar ciertos puntos mediante un comunicado en el que sostienen que "los contratos por obra suscritos entre estos trabajadores y la Corporación RTVE, al amparo de la normativa legal vigente que limita la duración máxima para este tipo de contratos, expiran en el tiempo estipulado de tres años. Este plazo se cumplirá en fechas próximas".

Además, puntualizan en dicho comunicado que, "por su carácter de empresa pública, está sujeta a la prohibición de realizar contrataciones de carácter indefinido" o que "se han respetado el plazos previstos para comunicar la finalización de los contratos".

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