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A PARTIR DE ENERO

'Gran hermano' no podrá mostrar a sus concursantes fumando

La nueva Ley Antitabaco prohibe a los medios mostrar gente fumando.

Por RedacciónPublicado: Jueves 21 Octubre 2010 11:10

A partir del próximo 2 de enero, los medios de comunicación no podrán emitir imágenes de personas fumando. Tan sólo las series y las películas se librarán de esta prohibición, aprobada este miércoles en el Congreso de los Diputados. Del mismo modo, tampoco se podrán mencionar o mostrar directa o indirectamente marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos asociados al tabaco.

Esta reforma recoge que ningún programa podrá emitir imágenes en los que los presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando. Aunque no se habla expresamente de concursantes se entiende que la prohibición se extiende también a los reality shows, de manera que las cadenas tampoco podrán mostrar a sus participantes fumando en el exterior de la casa de 'Gran hermano' o de la Escuela de 'Fama Revolution', por citar dos de los programas que actualmente están en emisión.

Recogiendo por unanimidad una enmienda de la portavoz de Nafarroa Bai, Uxue Barkos, la nueva ley endurece la actual regulación del tabaco.A partir del próximo año, los fumadores no podrán fumar en los locales públicos cerrados, pero tampoco en algunos sitios al aire libre como, por ejemplo, en los parques infantiles, en los exteriores de los hospitales o en centros de enseñanza con alumnos menores de 18 años.

La nueva ley permite que se siga fumando en estadios de fútbol, plazas de toros y recintos donde se celebran espectáculos, siempre y cuando estén al aire libre y sin techo o toldos. En el caso de las terrazas de locales de ocio, la ley establece que estos espacios solo pueden estar "rodeados lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos".

Ahora la nueva ley tendrá que ser debatida en el Senado, pero saldrá adelante sin mayores complicaciones. La nueva norma entrará en vigor el 2 de enero, para así evitar problemas con las fiestas de Fin de Año.

La nueva normativa detalla también las multas que se pondrán a los infractores. Las infracciones leves supondrán una multa de 30 a 600 euros; las graves, de hasta 10.000 euros, y las muy graves, hasta 600.000.

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