La Ley de Influencers, que se encuentra desarrollada en el Real Decreto 444/2024, regula la actividad de los creadores de contenido en España, equiparando sus servicios a otros como los canales de televisión y plataformas. Tienen algunas obligaciones, como evitar publicidad que incite al rechazo social por el físico, así como la prohibición de publicidad oculta y la promoción de tabaco, alcohol y apuestas.
El 2 de julio se acabó el plazo para inscribirse en este Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual y son solo los 36 influencers que lo han hecho, respondiendo a los requisitos solicitados. Vamos a conocer el listado publicado por Red de periodistas y, aunque aparece la razón social (el nombre real), aquí tenemos la lista con sus marcas comerciales.

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- Adri Contreras
- Dulceida
- Alexelcapo
- Ángela Mármol
- Anna recetas fáciles
- Cristinini
- YoSoyPlex
- Verdeliss
- Nachter
- Ibai Llanos
- Iker Unzu
- IlloJuan
- Javier Santaolalla
- Xuso Jones
- Jijantes
- El Xokas
- Jordi Wild
- Kings League
- Laura Escanes
- Lola Lolita
- Ceci Dover
- Marta Díaz
- Nil Ojeda
- Nuria Roca
- Paula Echevarría
- Menos Trece
- Robert Pg
- Romuald Fons
- El Rubius
- Sergio Peinado
- Sofía Surfers
- Tamara Gorro
- Tamara Falcó
- Team Heretics
- ModaJustCoco
- xBuyer y Minibuyer (Javi y Eric)
¿Qué se considera influencer?
Se considera que alguien es influencer cuando sus ingresos brutos anuales son iguales o superiores a 300.000 euros, tengan un millón de seguidores en una plataforma o 2 millones en varias. Por ello, ha sorprendido el número tan bajo de nombres en el listado. Quien no cumpla todas estas normas expustas, se enfrenta a sanciones de entre 10.000 y 1.500.000 euros, dependiendo de la gravedad.