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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC ) ha incoado un expediente sancionador contra Radio Televisión Española S.A, en su canal de televisión La 1, por una posible vulneración del artículo Art. 18.2 de la LGCA. (SNC/DTSA/030/16/).
En concreto, la CNMC ha considerado que existen indicios suficientes de que durante el programa 'MasterChef' emitido el día 18 de mayo de 2016, a su vez redifundido el 21 de mayo de 2016, RTVE emitió, sin identificación, publicidad que podría ser calificada como encubierta de la Bodega González Byass y de sus productos (vinos: Tío Pepe, Viña AB, Alfonso, Noé y Beronia).
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Por todo ello, la CNMC ha iniciado el citado expediente sancionador a RTVE por el presunto incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la LGCA, cuyos hechos están tipificados como infracción administrativa de carácter grave en el artículo 58.8 de la citada Ley.

Multas de 100.000 euros hasta los 500.000 euros
La citada infracción, en caso de quedar acreditada su comisión en el presente procedimiento sancionador, podría suponer la imposición a la presunta responsable de una multa de 100.001 hasta 500.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60.2 de la LGCA.
La CNMC ha recordado que la incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final del mismo. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y su resolución por parte de la CNMC. RTVE dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.