Este martes 12 de septiembre, el Tribunal Constitucional ha comunicado al director de TV3, Vicent Sanchís, que no debe dar difusión al referéndum de independencia suspendido. Hasta el momento, el Gobierno de Cataluña ha estado haciendo uso de la cadena pública para proyectar la voz independentista, por lo que la resolución ha establecido, además, la prohibición de cualquier iniciativa que pueda estar encaminada a la celebración del referéndum.

Antes de que se recibiera la resolución del Tribunal, la cadena ya estaba transmitiendo el anuncio oficial del referéndum, algo con lo que el órgano constitucional se ha mostrado tajante: "Le advierto de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada". De esta manera, lo que se pretende es que la cadena autonómica no actúe como altavoz gubernamental.
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Pese al resultado establecido por el Tribunal Constitucional este martes, TV3 continuó a lo largo del día con la emisión del anuncio institucional a través del que se llama a la participación para el referéndum del próximo 1 de octubre. Es por ello por lo que se llegó a cometer un acto de desobediencia por parte de la cadena. A partir de ahora, TV3 tendrá que paralizar toda iniciativa que dirija al referéndum.
¿Derecho a la información?
El hecho de "no informar" de las actuaciones que permitan celebrar el referéndum por parte de TV3 ha despertado la polémica, por lo que el asunto ha tenido que ser aclarado. De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha explicado que las referencias que se hacen a la información en la carta recibida por el director de la cadena se refieren a la difusión de la campaña publicitaria institucional acerca del referéndum y no al derecho a la información. Es así como se ha tratado de explicar el uso del verbo "informar" presente en la carta.