EN TELEVISIÓN ESPAÑOLA

La CNMC abre un expediente a 'La mañana' de Mariló Montero por presunta publicidad encubierta

El programa hizo en una de sus entregas menciones a las virtudes y ventajas de una clínica en la que trabajaba uno de los expertos que visitó el plató.

Por Redacción El 14 de Enero 2016 | 10:55

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado abrir un expediente sancionador a la Corporación de Radio Televisión Española por presunta publicidad encubierta de productos o servicios relacionados con la salud en el programa 'La mañana' que emite La 1.

En concreto, este expediente se refiere al programa 'La mañana' de Mariló Montero del día 18 de febrero de 2015. En esa emisión, se difundió, como sección propia dentro del programa, el espacio 'Saber vivir' que trató el problema de la miopía, hipermetropía y astigmatismo, participando como invitado un oftalmólogo que trabaja en la clínica Baviera.

Según recoge la CNMC, el tratamiento dado a la información adquierieron un tono comercial con menciones que apelaban a las virtudes y ventajas de dicha clínica, incluso con primeros planos de su página web.

Durante la emisión del programa se han aprecido indicios de la existencia de una finalidad publicitaria y promocional, derivada de una incitación directa al consumo de ciertos productos o servicios y sin la identificación como publicidad, contextualizado todo en una sección con un contenido informativo y divulgativo. Todo ello, en su conjunto, contribuye -según este organismo regulador- a generar una confusión o error al telespectador sobre la naturaleza de lo que está viendo.

'La mañana' en su emisión del 18 de febrero

¿Técnicas subliminales?

Cabe recordar que el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual prohíbe la publicidad encubierta. "Está prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales".

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC. Televisión Española dispone ahora de un plazo de quince días para presentar las alegaciones oportunas.