COMUNICADO

Sonia Arenas interpondrá un Recurso de Amparo ante el TC tras la sentencia que le obliga a pagar a Aída Nízar 20.000 euros

Arenas considera injusta la Sentencia del Tribunal Supremo y luchará por su interés legítimo.

Por Redacción El 10 de Octubre 2015 | 19:23

Tras la ratificación del Tribunal Supremo que condena a Sonia Arenas ('Gran hermano 4', 'Supervivientes 2010') a indemnizar a Aida Nízar ('Gran hermano 5', 'Supervivientes 2011') con 20.000 euros por cometer una intromisión ilegítima en el honor de Nízar, el abogado de Arenas, Ignacio Toledano Martínez, ha hecho llegar a FórmulaTV.com el siguiente comunicado.

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"Nos ponemos en contacto con Ustedes por encargo de nuestra Cliente DOÑA SONIA ARENAS MARTÍNEZ y en relación a la noticia aparecida en su medio de comunicación relativa a la condena de la Sra. Arenas por una apreciada vulneración ilícita del derecho al Honor de Aida Nízar. Tan sólo manifestar que la Sra. Arenas encuentra injusta la Sentencia de nuestro Tribunal Supremo, y que piensa interponer Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional en defensa de su interés legítimo".

Arenas insinuó en junio de 2011 en 'Sálvame deluxe' que Nízar había ejercido la prostitución

A fecha 1 de octubre de 2015, el Tribunal Supremo ha ratificado que el 10 de junio del año 2011 en el programa de Telecinco 'Sálvame deluxe', Sonia Arenas cometió un delito de intromisión ilegítima en el honor de Aida Nízar al asegurar que "cobraba dinero por irse con unos señores y luego los chantajeaba y amenazaba, que se dedicaba a una profesión muy antigua, según le había dicho una compañera de trabajo, y que no trabajaba precisamente en una panadería".

"Dada la escasa relevancia pública de los hechos y el carácter objetivamente ofensivo de las declaraciones", y dejando constancia de que el hecho de que una persona sea "tremendamente popular y conocido, no determina su tácita autorización para ser insultada y vejada", Arenas ha sido condenada a pagar 20.000 euros a Nízar.

Rebajando la cuantía que se solicitada inicialmente de 35.000 euros y teniendo que pagar las costas del juicio, tras el recurso que presentó Sonia en segunda instancia y que fue desestimado el 28 de febrero de 2013, pero admitido a trámite ocho meses después, la Justicia sentencia ahora que "se había utilizado una expresión injuriosa o vejatoria al relacionar a la demandante con el mundo de la prostitución".