El primero de los recursos ha sido archivado, "a la vista del escrito de la Vicepresidencia Primera del Gobierno y Ministerio de la Presidencia por el que comunica que el Presidente del Gobierno ha declinado formalmente la invitación de RTVE para asistir al programa de TVE '59 segundos', así como el del Ente Público RTVE por el que informa que se pospone el programa de referencia".
El segundo recurso del PP, presentado ante la Junta Electoral el 13 de abril, también ha sido rechazado. En esta ocasión, el PP estimaba que la emisión de un vídeo en el programa '59 segundos' del 11 de abril pasado infringía la legislación electoral. El vídeo en cuestión era una grabación inédita de Rodríguez Zapatero, correspondiente a la campaña de las elecciones generales de marzo de 2004, que no se llegó a emitir porque había sido efectuada antes del atentado del 11-M en Madrid y, por tanto, no aludía a la tragedia ocurrida en los trenes. El vídeo se pasó en el programa dentro de ese contexto: el de ofrecer en primicia el documento de unas imágenes y de unas palabras del Presidente que nunca se llegaron a usar.
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La Junta Electoral Central ha decidido desestimar ambos recursos del PP porque, "de haber concurrido actuación desajustada a los principios del pluralismo político y social y de neutralidad informativa de los medios de comunicación (...) no tendría entidad suficiente para ser constitutiva de infracción ni para generar el derecho de las demás entidades políticas a compensación o reparación".