DERECHO AL HONOR

Telecinco condenado a indemnizar con 125.000 euros a Norma Duval

Deberá pagar también 35.000 euros a la joven que relacionó sentimentalmente con Patricia Conde.

Por Luis Pérez Valiente El 20 de Septiembre 2012 | 17:58

Telecinco ha sido condenada por el Tribunal Supremo a pagar 125.000 euros a la vedette Norma Duval por intromisión ilegítima en su derecho al honor, según ha informado la agencia EFE. El conflicto proviene de una información lanzada en la cadena que, pese a ser sobre un rostro conocido, no tenía un interés público real, ya que se referían a acontecimientos pasados y se centraban más en la vida personal que en la profesional, dice la sentencia.

El texto, que también condena a la productora del programa 'Sálvame', La fábrica de la tele, pide claramente, tanto a cadena como productora, "que en lo sucesivo se abstengan de realizar actos semejantes".

Relacionada con Patricia Conde

Por otro lado, el canal de Mediaset España ha sido condenada a pagar una indemnización de 35.000 euros a una joven vallisoletana por relacionarla con la presentadora de 'Sé lo que hicisteis...' Patricia Conde. El Tribunal Supremo ha validado la sentencia previa de la Audiencia de Valladolid que consideraba que se había vulnerado su derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen y, por tanto, deberá compensar económicamente a la afectada.

La vedette Norma Duval

Dicho ataque se produjo en marzo de 2008 en el programa 'Está pasando'. En el programa de Mandarina, se insinuaba que la demandante mantenía una relación homosexual con Patricia Conde, lo que molestó a la joven y por eso decidió llevar a cabo esta denuncia. "La combinación de fotografías que comprende el mismo y el tono de los comentarios que las adornan, tiene una única finalidad, la de sugerir al espectador menos perspicaz que entre las dos protagonistas del reportaje existía una relación sentimental y afectiva de pareja más allá de la simple amistad", afirmó en su momento el fallo que ha sido respaldado por el Supremo.

No es la primera vez que Telecinco es condenada por este tipo de afirmaciones. El Supremo sentenció el pasado mes de octubre a indemnizar al Guti con 75.000 euros por una información sin contrastar totalmente que afecta a la reputación del futbolista y a su derecho al honor además de a su intimidad, ya que se especuló sobre su orientación sexual además de dar a entender que mantenía una relación homosexual extra-matrimonial con una persona casada y con hijos.

Los hechos se remontan a la demanda que el futbolista interpuso contra Gestevisión Telecinco, S.A., por los comentarios divulgados en el ya desaparecido 'A tu lado' el 13 de febrero de 2008, además de ir dirigida a una sección de la web del programa 'Aquí hay tomate' que mostraba: "Guti, besos con un amigo, el futbolista sale a cenar con un joven".