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EXPEDIENTE REGULADOR

La CNMC expedienta a Paramount Channel por no respetar el tiempo entre pausas publicitarias

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia informa de que el grupo Net Tv no está controlando las pausas en sus largometrajes.

Por A. OrejaPublicado: Viernes 9 Octubre 2015 15:56

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido expedientar al grupo Net TV y más concretamente al canal Paramount Channel por infracciones detectadas en los meses de julio y agosto del año 2015.

La CNMC ya emitió un requerimiento en el que pedía a Net TV que tomara medidas para evitar el número de interrupciones publicitarias efectuadas en las películas, ya que superaban el máximo permitido por la ley. Dicha ley establece que la emisión de películas no podrá ser interrumpida hasta superar un periodo de treinta minutos desde el inicio del film y entre sus diferentes pausas.

La comisión se encuentra realizando una investigación actualmente. Se abre un periodo de hasta seis meses para la instrucción del expediente y la posterior resolución por parte de la CNMC. Aún así, el grupo puede presentar en un plazo de quince días cualquier tipo de alegación.

La sede de la CNMC

La sede de la CNMC

La CNMC pide a los informativos que no emitan imágenes de violencia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha requerido a los grupos audiovisuales adheridos al Código de Autorregulación que cumplan sus propios compromisos sobre "Contenidos Televisivos e Infancia" en la emisión de informativos. Al parecer, en los últimos meses las cadenas de televisión parecen haber dejado abandonado algunos de los criterios recogidos en ese código a la hora de informar de determinados temas, es por ello que pide prudencia a las redacciones de noticias.

El Código de Autorregulación en el apartado II.3 dedicado a "los menores como telespectadores de los informativos" establece que "se evitará la emisión de imágenes de violencia, tratos vejatorios, o sexo no necesarios para la comprensión de la noticia. Se evitará la emisión de secuencias particularmente crudas o brutales. Y en los casos de relevante valor social o informativo que justifiquen la emisión de las noticias o imágenes antes referidas, se avisará a los telespectadores de la inadecuación de las mismas para el público infantil".

Tal y como se contempla en el Código de Autorregulación y en la Ley General de Comunicación Audiovisual, se ha de buscar un equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y de información por parte de los operadores de televisión, y los derechos de los menores ante la emisión de programas televisivos en general y de los informativos en particular, de tal manera que no resulten perjudicados o en su caso se neutralicen o minimicen los eventuales perjuicios que se les pueda causar.

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