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APROBACIÓN DEFINITIVA

España ya tiene nueva Ley Audiovisual y un Consejo Estatal de Medios Audiovisuales

Se han aprobado casi todas las enmiendas introducidas en su día por el Senado.

Por RedacciónPublicado: Jueves 18 Marzo 2010 12:44

El Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles, 18 de marzo, de forma definitiva la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) ratificando casi todas las enmiendas introducidas en su momento en el Senado. La nueva Ley ha contado con el respaldo de los grupos parlamentarios del PSOE, CiU y CC, mientras que el PP y ERC-IU-ICV se han pronunciado en contra en la mayoría de las votaciones.

La LGCA establece unas reglas o normas sobre contenidos y funcionamiento empresarial que en algunos casos las televisiones ya cumplían en la práctica, sin embargo, hasta la fecha no estaban recogidas en ninguna ley general, sí en multitud de normas parciales y códigos de autoregulación. Esta ley crea también un nuevo órgano que se encargará de su cumplimiento por parte de las cadenas, el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA).

20 minutos de publicidad por hora

El tiempo de publicidad máxima pertimida será de 20 minutos por hora. En este tope se incluyen 12 minutos de publicidad convencional, 5 minutos de autopromos y 3 más de telepromociones. Cabe recordar que el texto inicial permitía hasta un máximo de 29 minutos de publicidad por hora.

Espacios "perjudiciales", entre las 22:00 y las 06:00 horas

Por otro lado, los contenidos que puedan ser "perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores solo podrán emitirse entre las 22 y las 6 horas, debiendo ir siempre precedidos por un aviso acústico y visual". Queda fuera de este horario cierta clase de anuncios, como por ejemplo el de algunas bebidas alcohólicas.

Control paterno sobre los contenidos

Además del horario y del aviso acústico, las cadenas deberán utilizar una codificación digital en sus emisiones que permita a los padres ejercer un control sobre lo que ven sus hijos por la televisión.

Derecho a lanzar canales de pago

La nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) establece un régimen de concesión, arrendamiento, cesión, renovación o extinción de las licencias audiovisuales, y se recoge como un derecho de los operadores lanzar canales de pago, limitándolo a un 50% de los canales concedidos a cada licencia.

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