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INFRACCIÓN GRAVE

UTECA presenta una demanda contra RTVE por los créditos finales de 'Gran reserva'

El incumplimiento de la Ley de Financiación de la Corporación RTVE puede suponer una sanción de entre 100.001 y 500.000 euros.

Por RedacciónPublicado: Viernes 23 Abril 2010 11:14

UTECA, la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas, acaba de presentar esta mañana una demanda contra la Corporación de Radio Televisión Española, ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, según ha conocido FórmulaTV.com.

Según el texto al que ha tenido acceso este portal, "el pasado jueves día 15 de abril de 2010, y durante el estreno de la Serie de televisión 'Gran Reserva', emitida por el primer canal de TVE en la franja de prime time, se incluyeron en sus créditos finales referencias a 57 marcas comerciales distintas". En total fueron 57 las empresas anunciadas: unas 20 a través de logotipos; y otras 37, en rotulados.

UTECA recoge que "esas menciones constituyen, sin lugar a dudas, una flagrante vulneración de las disposiciones de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española (BOE 31/08/2009), y en particular del apartado 1º de su artículo 7º.

La ley establece, según UTECA, "que la Corporación RTVE no podrá obtener ingresos, procedentes de actividades de publicidad o de televenta en cualquiera de sus formas, incluido el patrocinio y el intercambio publicitario de productos o programas; debiendo entenderse por patrocinio, según lo dispuesto en la definición nº 29 del art. 2º de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (Publicado en el BOE de 1 de abril de 2010): "Cualquier contribución que una empresa pública o privada o una persona física no vinculada a la prestación de servicios de comunicación audiovisual ni a la producción de obras audiovisuales haga a la financiación de servicios de comunicación audiovisual o programas, con la finalidad de promocionar su nombre, marca, imagen, actividades o productos".

Los logos atestiguan haber contribuido a costear la producción de la serie o la existencia de emplazamiento de productos

Según la demanda presentada, "aunque, como ha declarado expresamente la televisión pública del Estado, TVE no haya percibido directamente un pago dinerario de las 57 empresas citadas, la mera aparición de sus marcas y logotipos en los créditos de la serie atestigua que dichas empresas o bien ha contribuido a costear la producción de 'Gran Reserva', minorando los gastos de producción, lo que constituye una financiación de programas con la finalidad de promocionar su nombre, marca, imagen, actividades o productos, es decir, han patrocinado la serie, lo que supone un incumplimiento grave y directo de la Ley de Financiación, o bien la serie contiene emplazamiento de productos de las citadas empresas, en el sentido legal, que también incluye el suministro gratuito de bienes o servicios o ayudas materiales a la producción que serían la causa de los 'agradecimientos' a esas empresas, que es como TVE ha calificado las menciones incluidas en la serie.

También este supuesto constituye un incumplimiento grave y directo de la Ley de Financiación, que prohíbe a RTVE la actividad publicitaria en cualquiera de sus formas, y el emplazamiento de producto está expresamente incluido como forma de comunicación comercial en la definición de la Ley General de la Comunicación Audiovisual".

El patrocinio o emplazamiento de producto bajo la rúbrica "sin publi" vulnera también la Ley

Por otro lado, la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA) remarca que "la difusión del señalado patrocinio o emplazamiento de producto en un programa bajo la rúbrica 'sin publi', vulnera también lo dispuesto en el apartado 5º del art. 6º de la Ley 7/2010, según el cual "todas las personas tienen el derecho a que la comunicación comercial esté claramente diferenciada del resto de contenidos audiovisuales, en los términos previstos por la normativa vigente".

"Dicha difusión debe entenderse englobada en la tipificación de las infracciones graves que se hace en el art. 58.7 de esa Ley 7/2010, según la cual, tendrá tal calificación: "el incumplimiento del resto de las condiciones establecidas en esta Ley para la realización de las distintas formas de comunicación comercial previstas en los artículos 14, 15, 16 y 17 que no estén incluidas en la tipificación del apartado anterior" , y que puede dar lugar, de conformidad con el régimen sancionador contenido en ese mismo texto legal a la imposición de una multa "de 100.001 hasta 500.000 euros para servicios de comunicación audiovisual televisiva".

'Pelotas' y otras series también vulneran la Ley, según UTECA

UTECA denuncia que este proceder de la CRTVE no es un hecho único y aislado, ya que sucede algo parecido en la serie 'Pelotas' y en otras actualmente en emisión, por lo que" la reiteración en esa conducta puede responder a una estrategia premeditada de vulneración de la norma".

"Por lo expuesto, teniendo en consideración la clara vulneración del ordenamiento jurídico cometida por la Corporación RTVE en su serie 'Gran Reserva', y la comisión de, al menos, una infracción administrativa grave", la Asociación ha presentado esta demanda.

UTECA solicita se abra "expediente sancionador contra la Corporación RTVE por la vulneración del artículo 7.1 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, así como, en su caso, por la vulneración del artículo 10.1 de la Ley 25/1994, de 12 de julio, y, tras los trámites oportunos se impongan a RTVE las correspondientes sanciones, intimando a ésta para que el comportamiento infractor no se repita en el futuro".

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