El Tribunal Supremo ha fallado contra Telecinco. La cadena de Mediaset deberá pagar una indemnización de 167.000 euros a varias personas relacionadas con el bailaor Farruquito. Telecinco había presentado un recurso contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, pero finalmente el Supremo lo ha desestimado.
La Sala Civil del alto Tribunal considera que el programa 'Aquí hay tomate' [ya extinto] vulneró el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los asistentes a la celebración de un bautizo de un familiar de Farruquito. La sentencia hace referencia tanto a las imágenes mostradas del acto, así como a los comentarios sarcásticos que acompañaban tal reportaje. Según el TS, "las expresiones utilizadas contenían comentarios jocosos, sarcásticos e hirientes" para los familiares de Farruquito.
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Para el Tribunal Supremo, la cadena ejerció su libertad de información y expresión pero saltándose "los parámetros constitucionales". Según el texto, "no existía interés público en difundir imágenes sobre personas ajenas a la vida pública y sobre menores que asistían a la celebración del bautizo".
A pesar del habitual tono que 'Aquí hay tomate' empleaba en muchos de sus contenidos, el Supremo explica que los límites para proteger los derechos fundamentales son iguales para el género satírico que para otros géneros periodísticos. Así las cosas, la sentencia es clara al afirmar que "la ridiculización general de una celebración de un bautizo en el que la inmensa mayoría de los partícipes son de raza gitana" no queda amparada por el derecho a la libertad de expersión.