La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido incoar un expediente sancionador a Atresmedia y otro a Mediaset por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
El órgano regulador ha especificado que esta Ley establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural. En concreto, esta ley establece que "para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj".

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Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo de 2016 en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro, Divinity y Energy. Por lo que respecta a Atresmedia, el exceso de publicidad se ha contabilizado en Antena 3, también entre enero y mayo de este año.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte dela CNMC. Atresmedia y Mediaset disponen de un plazo de quince días para presentar alegaciones.