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La Audiencia Nacional apoya la denuncia a Movistar+ por un diálogo de discapacidad en 'Mira lo que has hecho'

La entidad recurrió la demanda alegando libertad de expresión, lo que no ha convencido a la Audiencia Nacional.

Por Beatriz PrietoPublicado: Jueves 20 Junio 2019 19:02

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Mira lo que has hecho

Mira lo que has hecho

2018 - 2020

España 3 temporadas 18 capítulos

Comedia

7,7

Popularidad: #502 de 3.441 Ranking Mira lo que has hecho

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La Audiencia Nacional ha rechazado la demanda de Telefónica Audiovisual Digital S.L.U., titular del canal #O de Movistar+, en contra de la resolución de la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Una acusación en la que se requería a la compañía que adoptara algunas medidas para fomentar una imagen respetuosa de las personas con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

Berto Romero y Eva Ugarte en la primera temporada de 'Mira lo que has hecho'

Berto Romero y Eva Ugarte en la primera temporada de 'Mira lo que has hecho'

La sentencia de la Audiencia Nacional, recurrible en casación, da la razón a la CNMC que, en 2018, en su papel de autoridad en mercado audiovisual, instó a Telefónica Audiovisual a que aplicara lo establecido en el artículo 8 de la mencionada ley, referente a la protección de la imagen social de las personas con discapacidad. Una acusación que, de hecho, hacía referencia a la serie 'Mira lo que has hecho', creada y protagonizada por el humorista Berto Romero.

En el primer capítulo de la serie, emitida en #0, se recogía un diálogo en el que se equiparaba a la gente con Síndrome de Down con las personas retrasadas. "Mira, mira qué gracia. Algún vecino retrasado que ha tirado una colilla y me ha hecho un agujero en la chaqueta", dice uno de los personajes de la ficción. "Se dice Síndrome de Down, hijo", responde su interlocutor, en una conversación recogida en la sentencia, y por la que la CNMC denunció a Telefónica Audiovisual.

Ni adecuado ni correcto

La Audiencia Nacional ha considerado que el tratamiento hacia las personas con Síndrome de Down que se da en ese diálogo y la imagen que genera de dicho colectivo "no son adecuados ni correctos desde el punto de vista social y normativo, a pesar de que la serie es una obra de ficción con escenas humorísticas y satíricas". De hecho, suscribe lo defendido por la CNMC en su resolución, donde calificaban la comparación de "peyorativa e injustificada" y argumentaban que carecía de una connotación humorística para que dicha mención a las personas discapacitadas pudiera considerarse adecuada o, al menos, aceptada.

La resolución de la CNMC recibe así el apoyo de la Audiencia Nacional, después de que Telefónica Audiovisual recurriera la decisión de la primera alegando libertad creativa por parte de sus guionistas y productores. Una defensa que no ha servido para convencer a la Audiencia, cuya decisión ha sido aplaudida por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). El Comité ha destacado que "acierta plenamente" en la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico y supone una "clara directriz a los operadores audiovisuales", con el fin de conseguir que se respete la imagen social de las personas con discapacidad.

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