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RESOLUCIÓN

La CNMC multa finalmente a Mediaset con 130.000 euros por emitir 'Crónicas carnívoras' con una calificación inadecuada

El grupo de Fuencarral emitió 371 entregas con la calificación de "no recomendado para menores de 7 años".

Por RedacciónPublicado: Lunes 3 Agosto 2015 18:34

Tal y como ya informamos el pasado mes de febrero, Mediaset España se enfrentaba a una multa de entre 100.001 y 500.000 euros por emitir el programa 'Crónicas carnívoras' con la calificación de "no recomendado para menores de 7 años", a pesar del requerimiento de la CNMC (SNC/DTSA/0005/15), sin embargo, finalmente la cuantía de la multa se ha quedado en 130.000 euros... que no es poco.

En concreto, Mediaset no atendió el requerimiento por haber emitido en su canal Energy, entre el 26 de mayo y el 18 de diciembre de 2014, 371 programas de 'Crónicas carnívoras' con la calificación de no recomendado para menores de 7 años (NR 7+) de los que seis se emitieron en horario de protección reforzada.

En mayo del año pasado, la CNMC requirió a Mediaset para que adoptase las medidas oportunas para una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa 'Crónicas carnívoras' y asegurase que su emisión se adecuara a las franjas de protección reforzada.

En estos programas, por ejemplo, "en las escenas, en las cuales a veces aparecen menores, se produce la presentación del consumo de comida de tal manera que puede ser perjudicial para la salud, por ser susceptible de crear conductas imitativas o por incitar a pautas de comportamiento no adecuadas para adolescentes. Y ello tanto por la forma y estética de la presentación, como por la cantidad de comida con un alto nivel de calorías que se ingiere en cada programa".

'Crónicas carnívoras', programa emitido por Energy

'Crónicas carnívoras', programa emitido por Energy

El programa "incita a hábitos alimenticios poco saludables"

En la Resolución, la CNMC considera que el programa en cuestión realza un tipo de alimentación y conducta (ingesta desproporcionada de comida hipercalórica) que es susceptible de perjudicar seriamente el desarrollo físico y mental de los menores, considerando que esta actuación incita a los menores a la práctica de hábitos alimenticios poco saludables, por lo que su emisión está expresamente prohibida por el artículo 7.2 de la LGCA y su calificación por edades es incorrecta, conforme con lo previsto por el artículo 7.6 de la LGCA.

Contra esta decisión, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

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