FormulaTV
Audiencias 'MasterChef' se desmarca ante la bajada de 'Hermanos' y la subida de 'Mental Masters'

TIENEN QUE PAGAR

Ratifican la multa de 196.000 euros a Mediaset por publicidad encubierta en 'La que se avecina'

La CNMC sancionó a la corporación italiana por publicidad encubierta de juguetes eróticos y, pese a que recurrieron la sentencia, el Tribunal Supremo la ha ratificado.

Ratifican la multa de 196.000 euros a Mediaset por publicidad encubierta en 'La que se avecina'
Por Nuria Andrés MorenoPublicado: Jueves 6 Enero 2022 15:14

Serie relacionada

La que se avecina

La que se avecina

2007 - Act

España 12 temporadas 170 capítulos

Comedia

8,3

215 críticas

Popularidad: #1 de 3.454 Ranking La que se avecina

  • 2.728

  • 2347

Mediaset tendrá que pagar la multa de 196.000 euros que le impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en mayo de 2019 por publicidad encubierta en 'La que se avecina'. Pese a que la multa fue recurrida por la corporación italiana, el Tribunal Supremo ha ratificado la penalización afirmando que se trata de una infracción grave de la Ley General de la Comunicación Audiovisual.

Uno de los capítulos de 'La que se avecina' con juguetes eróticos

Uno de los capítulos de 'La que se avecina' con juguetes eróticos

El episodio de 'La que se avecina' titulado "Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex" le ha salido muy caro a Mediaset. El capítulo, que fue estrenado en 2008 en Telecinco y emitido hasta en al menos seis ocasiones en Factoría de Ficción a partir de 2018, contiene publicidad encubierta de una empresa de juguetes eróticos, según la sentencia de la CNMC, que investigó esta entrega a raíz de su emisión en FDF, y posteriormente confirmada por la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

El grupo de Paolo Vasile recurrió la sentencia de la CNMC, alegando que no tenían intención de ocultar contenido publicitario ya que el mismo fue señalizado como emplazamiento publicitario al principio y al final de la serie así como durante las pausas. Pese a esto, el Supremo declara que esas imágenes "contienen una evidente carga promocional de forma subrepticia (que se da u ocurre de manera oculta) de los productos de la marca".

Una conducta infractora

En el citado episodio, se muestran una amplia gama de productos eróticos e incluso se incluye la marca de ellos y la página web donde encontrarlos. Ante esto, el alto tribunal indica que, pese a que se advierta del emplazamiento del producto, podrá ser considerado una conducta infractora por no tratarse de una mera presentación de los productos, sino que tiene una "finalidad promocional dirigida a la adquisición del producto por parte del público al que le induce a error sobre la naturaleza de la presentación", ratifica la sentencia.

Ver todos los comentarios (6)

Recomendamos

Síguenos

Top Series