NO VE DELITO

La Fiscalía pide que se archive la causa contra Dani Mateo por sonarse los mocos con la bandera de España

La Fiscalía Provincial de Madrid remarca que se trata de un sketch "protagonizado por un humorista" y descarta "el delito de ultraje".

Por Redacción El 16 de Enero 2019 | 11:46

La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid el sobreseimiento y el archivo de las actuaciones abiertas contra Dani Mateo, investigado por el famoso y polémico sketch en el que se sonaba los mocos con la bandera de España en 'El intermedio'.

Dani Mateo, en su sketch con la bandera de España

El cómico y presentador catalán está investigado a raíz de la denuncia interpuesta por la organización sindical Alternativa Sindical de Policía. Ahora, según informa Europa Press, la Fiscalía sostiene que el acto que se reprocha a Mateo "no fue acompañado de conducta violenta alguna ni de otras expresiones o gestos vejatorios o insultantes ni de otros comentarios de exaltación, justificación o promoción del desprecio".

El mismo órgano asegura que sus actos pueden cuadrar con la definición de una puesta en escena "desafiante" o "crítica" de las que se utilizan "cada vez más" para llamar la atención en los medios de comunicación. Sin embargo, la Fiscalía apunta que "en ningún caso" va más allá de un recurso a una "cierta dosis" de provocación "permitida para la transmisión de un mensaje crítico desde la perspectiva de la libertad de expresión".

Descartan el delito de ultraje

La Fiscalía remarca que se trata de un sketch "protagonizado por un humorista, dentro de un programa de televisión de humor satírico en torno a noticias de actualidad" y, como conclusión, descarta el "delito de ultraje", argumentando que "ni por el contexto, ni por el contenido, ni por las circunstancias, ni por los fines perseguidos, se descubre en el hecho ejecutado un propósito ofensivo o de menosprecio a la bandera".

También recuerda que para imputar un delito "con características similares" a los de la injuria, la ley exige un dolo característico consistente en un "propósito inequívoco" de menospreciar y ultrajar la bandera "que en el presente caso no se da". Así, deja claro que "la crítica malsonante, manifestación políticamente incorrecta, gestos o actos desabridos, de mal gusto o de impactante exageración no quedan expulsados del campo legítimo de la libertad de expresión".