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Multa de 1,5 millones a Telefónica por cobrar más caro 'El partidazo' al resto de operadores

La CNMC multa a la compañía por no asignar correctamente los costes fijos que determinan el precio que cobró a sus rivales por el ya desaparecido canal Movistar el Partidazo.

Por RedacciónPublicado: Miércoles 23 Octubre 2019 10:44 | Última actualización: Miércoles 23 Octubre 2019 10:51

La CNMC ha multado a Telefónica con 1,5 millones de euros por incumplir una de las condiciones de su fusión con DTS (la antigua Sogecable). En la temporada 2016/2017, la compañía no asignó correctamente los costes fijos que determinan el precio que cobró a sus rivales por el ya extinto canal Movistar el Partidazo, que en consecuencia le salió más caro a otros operadores como Vodafone, Orange y Telecable.

'El partidazo', foco de la polémica

'El partidazo', foco de la polémica

En 2015, CNMC autorizó la operación de concentración de Telefónica y DTS, condicionada a que Telefónica cumpliera una serie de compromisos en el mercado de la televisión de pago. Entre ellos figuraba poner a disposición de sus rivales una oferta anual (mayorista) de contenidos con canales premium.

La resolución de la CNMC ha acreditado que Telefónica asignó incorrectamente sus costes fijos del canal Movistar Partidazo, integrado es su oferta mayorista de canales Premium, en la temporada 2016/2017. Concretamente, Telefónica tomó en consideración un número de abonados propios inferior al que debería haberle correspondido para el reparto inicial del coste mínimo garantizado de Movistar Partidazo realizado en julio de 2016.

Vodafone, Orange y Telecable, afectados

Como consecuencia del error de Telefónica, el resto de operadores interesados en contratar el 'Partidazo' (Vodafone, Orange y Telecable) afrontaron mayores costes, mientras que para Telefónica se produjo una reducción de estos, con la consiguiente discriminación a su favor. Por eso, la CNMC ha impuesto a Telefónica una sanción de 1,5 millones de euros, de acuerdo con lo previsto en el apartado 1.c) del artículo 63 de Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

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