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José María López, concursante de 'Gran Hermano', ha sido condenado a 15 meses de cárcel por los abusos sexuales a Carlota Prado dentro de la casa del reality show durante una fiesta. Además, Zeppelin TV, productora a cargo del formato en España, también ha sido señalada y deberá indemnizar a la víctima.
Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid, que ha interpuesto al murciano cuatro años de alejamiento e incomunicación hacia Prado y una indemnización de 6.000 euros a causa de los daños morales ocasionados, informa RTVE. La productora también ha sido señalada en la sentencia y deberá hacerse cargo de esa cantidad en concepto de responsable civil subsidiario. En suma, deberán pagarle, junto a Chubb European Group LTD, mil euros a la víctima por el daño moral causado por el modo en el que le fue comunicado el delito de abuso sexual.

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Estos 15 meses se quedan lejos de los dos años y medio de prisión pedidos por Fiscalía el pasado noviembre, cuando el juicio quedó visto para sentencia. No obstante, la jueza ha considerado que queda probado cómo José María López se benefició del "sopor etílico" de Carlota Prado para abusar de ella pese a la negativa de esta. "Estaba privada de todo sentido durante el desarrollo del acto punible y en condiciones deplorables a lo largo de todo el intervalo que cubre la grabación", recoge la sentencia.
Por tanto, se reconoce que el condenado utilizó a la víctima "como un objeto para satisfacer a modo de juguete sexual, sin que haya la menor sombra de consentimiento y, consecuentemente, de libertad". Así pues, se prueba que el exconcursante era consciente del estado en el que se encontraba su compañera y, cómo pese a esto, decidió hacer caso omiso y seguir adelante en sus intentos sexuales pese a la falta de consentimiento.
La condena a Zeppelin
En el caso de Zeppelin, la sentencia recoge que José María López tenía vigente un contrato laboral con ellos por su participación en 'GH Revolution', razón por la que la indemnización se extiende a la productora. Aunque consideran que "era inevitable" que se lo comunicasen, las formas en las que se hizo han sido el principal objeto de castigo. "Las grabaciones se exhibieron a la víctima al mañana siguiente, en una sala aislada, donde Carlota se encontraba sola y sin más compañía que la voz en off del conocido como 'Súper', sin preparación alguna de lo que se le iba a mostrar, sin asistencia previa acerca de lo que se le iba a mostrar y sin que ninguna cláusula contractual regulara el proceder en estas circunstancias", añaden en la sentencia.
Por este "profundo malestar, sorpresa y dolor" provocado a la víctima durante el visionado, sumado a la "ansiedad y estrés" que desembocaron en "un trastorno psicológico", la Justicia señala como responsables directos a Zeppelin, razón por la que deben abonarle 1.000 euros a Carlota Prado.