La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha aprobado el día 12 de noviembre del 2015 imponer una sanción de 300.000 euros a los grupos empresariales Atresmedia y Mediaset por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan, ni de las unidades que los conforman.
En concreto, la sanción a Atresmedia se refiere a interrupciones publicitarias en diferentes programas de los canales Neox y Nova en el mes de agosto de 2014. En cambio, la sanción al grupo de Paolo Vasile estaría referida a los canales Divinity y Energy en el mismo periodo de tiempo que la anterior.

Los grupos podrán recurrir la multa en un plazo de dos meses
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Según se establece en el artículo 14 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, las interrupciones publicitarias que se efectúen durante los programas deben respetar su integridad y la de las unidades que los conforman, de manera que no se perjudiquen los intereses de los telespectadores.
Contra esta decisión, ambos grupos audiovisuales tendrán el derecho a interponer un recurso contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo máximo de dos meses desde que la CNMC aprueba la sanción interpuesta.