La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido abrir un expediente sancionador a Mediaset tras detectar la emisión de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a 20 grados, fuera de la franja horaria comprendida entre las 20:30 y las 06:00 del día siguiente.
Si bien la publicidad de bebidas con graduación alcohólica superior a 20 grados está prohibida, en el caso de bebidas alcohólicas de graduación menor a 20 grados sí que se permiten las comunicaciones comerciales entre las 20:30 y las 06:00.

Las cadenas que han infringido la ley
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Dichas infracciones estarían incumpliendo el artículo 18 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. Este incumplimiento habría sido detectado durante los meses de julio y agosto del 2015 en Telecinco, FDF, Cuatro, Divinity y Energy.
A pesar de la apertura de expediente, no se prejuzgará el resultado final de la investigación que la CNMC está realizando al respecto. A partir del 4 de noviembre del 2015, se abre un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución. Además, Mediaset dispone de un plazo máximo de quince días para presentar sus alegaciones al respecto.