El juzgado de primera instancia número 12 de Barcelona ha desestimado la demanda presentada por parte de la Generalitat catalana contra el periodista y locutor Federico Jiménez Losantos por haber criticado al separatismo catalán, durante la semana del 10 al 17 de septiembre de 2013, en la Diada de 2013.
La demanda de la Generalitat ha sido desestimada porque "las opiniones del Sr. Jiménez Losantos no se juzgan dirigidas a toda la colectividad, a todo el 'Poble Català' o a sus símbolos por toda la ciudadanía aceptados". A consecuencia de lo anterior, el juez ha considerado que las opiniones de Losantos no pueden considerarse dirigidas a todo el pueblo catalán, dada su "naturaleza heterogénea".
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El juez ha dictaminado que la Generalitat deberá pagar las costas del procedimiento judicial. La demanda se presentó "en defensa del honor y del pueblo catalán", con el objetivo de prohibir al locutor que hiciera declaraciones de la misma naturaleza y obligarle a publicar la sentencia íntegra en caso de condena.

También absuelve al grupo Intereconomía TV
En el caso también ha sido absuelta la cadena Intereconomía. El juzgado número 12 de Barcelona también ha considerado que el grupo de Julio Ariza no cometió ninguna intromisión al honor ya que el "Poble Català" no es ninguna persona jurídica sino un colectivo que 2no soporta una completa identificación". Al igual que con Federico Jiménez Losantos, la Generalitat tendrá que pagar las costas del proceso en el que el representante legal de Intereconomía fue Juan José Aizcorbe.