Con fecha 10 de febrero de 2010, la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha acordado la apertura de un expediente sancionador contra El Corte Inglés y sus entidades participadas, Publieci Televisión, Canal Club de Distribución de Ocio y Cultura, así como a los grupos de comunicación Sogecable, Gestevisión Telecinco, Publimedia Gestión y Veo Televisión por "posibles conductas restrictivas de la competencia, prohibidas por los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de defensa de la competencia (LDC)".
La apertura del expediente sancionador se produce a raíz de un escrito de denuncia presentado ante la Dirección de Investigación contra El Corte Inglés y contra sus entidades participadas por supuestas conductas prohibidas en los artículos 1 y 2 LDC.
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De la información obrante en el expediente se desprenden indicios de que estas empresas "podrían estar promoviendo ciertas restricciones a la competencia que contribuirían, de forma directa o indirecta, a que se produzca un acaparamiento por parte de El Corte Inglés y sus participadas de la capacidad de emisión de televenta, que podría producir el efecto de restricción a la entrada y expansión de terceros competidores".
La incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.