Con fecha 22 de julio de 2010, la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha acordado abrir un expediente sancionador contra Antena 3 de Televisión S.A., Atres Advertising S.L.U., Veo Televisión S.A. y The Walt Disney Company Iberia S.L (TWDC) por posibles conductas restrictivas de la competencia, prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
La apertura del expediente sancionador se produce de oficio por parte de la Dirección de Investigación, tras haber tenido conocimiento de la suscripción por parte de estas empresas de acuerdos de comercialización conjunta de espacios publicitarios de los canales de televisión del Grupo Antena 3 (Antena 3, Neox, Nova), con Veo (Veo7) y con TWDC (Disney Channel).
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Según el comunicado de la CNC, en el marco de la información reservada abierta para analizar los términos de los acuerdos suscritos, se ha obtenido información de la que puede deducirse que existen indicios racionales de la comisión, por parte de las empresas mencionadas de una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC), y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que consistiría en acuerdos entre competidores, que afectarían a la comercialización de publicidad en televisión, y que contienen, entre otros, posibles pactos de fijación de tarifas y descuentos, y obligaciones de comercialización conjunta de productos.
La incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.