Después de la dimisión de Alberto Oliart de la presidencia de RTVE, su puesto está ocupado por consejeros que rotan mensualmente en el cargo. La Abogacía General del Estado se ha pronunciado sobre el puesto de presidente interino del Consejo de Administración de Radio y Televisión Española acotando sus competencias según afirma el diario Público.
La publicación afirma haber accedido a un informe de la Abogacía en el que nombra a un documento de la asesoría jurídica de la corporación y a otro de la asesoría de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
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Siguiendo estos documentos, la asesoría de la Corporación dictaminó en octubre que la persona que ocupe el cargo vacante "no solamente podrá ejercer las funciones inherentes a la presidencia de ese órgano colegiado". En los textos se incluye otra competencia: "el desempeño de algunas de las que forman parte de la dirección ejecutiva ordinaria", entre ellas podrá nombrar o cesar a los directivos que no sean de primer nivel y proponer y ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración.
La opinión de la Abogacía al respecto
La Abogacía "no comparte" lo incluido en los documentos citados y apunta que la persona que ocupe el puesto de presidente interino "no ostenta ninguna de las facultades de dirección ejecutiva ordinaria de la Corporación".
Precisan que "el presidente interino de RTVE no podrá ejercer la competencia de preparación de la formulación de las cuentas anuales de cada ejercicio económico de conformidad con la legislación mercantil, que se atribuye al presidente de la Corporación".
En el informe aseguran encontrarse de acuerdo "en lo sustancial" con el resto de las conclusiones de la asesría jurídica de la sociedad, salvando la citada matización. La elaboración de este informe por parte de la Abogacía se realizó a petición de la Sociedad Estatal de Participantes Industriales.