El 27 de abril de 2007, 'Informativos Telecinco' informó en su primera edición, a las 14:30 horas, que varios miembros de ETA habían sido detenidos en el Reino Unido. La cadena ilustró la información con una fotografía que no correspondía con el detenido. Un error que le ha salido muy caro a la cadena de Mediaset. A pesar de recurrir las sentencias condenatorias en varias instancias, ahora el Supremo las ha confirmado.
Según señala la sentencia, Telecinco "se limitó a buscar la fotografía por internet a partir del nombre y primer apellido del detenido para obtener una imagen que acompañara la noticia de las detenciones".
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Telecinco ya había sido condenada por este error, sin embargo, la cadena recurrió ante el alto tribunal. Ahora el Supremo confirma la condena y remarca que aunque el derecho a la información puede prevalecer sobre el derecho al honor, ese equilibrio "puede revertirse a favor del derecho al honor" como ha sido el caso.
Según la sentencia, la gravedad de las imputaciones que suponía publicar las fotografías exigía una adecuada diligencia por parte de la cadena al comprobar las identidades y su correspondencia con las fotografías que se emitían.
El Supremo recoge que esa comprobación "no se hizo", dando lugar a un error grave que lleva a pensar que la cadena no cumplió con el deber de ofrecer una información veraz. Esta falta de rigor en el trabajo periodístico deja a Telecinco fuera del amparo que ofrece la Constitución en lo que a libertad de prensa se refiere.