iCmedia, la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de los Medios, se ha tenido que retractar de la información vertida en la mañana de este lunes en un comunicado. Telecinco emitió este domingo, de acuerdo con la clasificación del ICAA, la película "Las normas de la casa de la sidra" (1.343.000 y 10%) a las 16:00 horas, calificándola con el símbolo indicativo correspondiente a espectadores mayores de doce años.
Horas antes, iCmedia aseguraba que la cadena de Mediaset España había vulnerado la franja de protección infantil tras emitir el mencionado largometraje como apto para todos los públicos. Por ello, la Federación informaba que había exigido a la SETSI (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información) que sancionara el comportamiento de Telecinco.
Según iCmedia había reclamado "la actuación inminente de la SETSI como autoridad sancionadora" y había solicitado "una urgente determinación por parte de los organismos competentes, entre ellos el ICAA, que lleve a la uniformidad de los criterios de calificación de los contenidos audiovisuales".
Carátula y fotograma de la película "Las normas de la casa de la sidra"
Para este organismo Telecinco había incumplido de nuevo "el Código de Autorregulación para la protección de la audiencia infantil, dificultando el control parental mediante la emisión de contenidos que pueden, siguiendo los términos del citado Código, instrumentalizar 'conflictos personales y familiares que pueden inducir y crear desconcierto en los menores'".
Telecinco no vulneró la franja de protección infantil
Como hemos señalado, la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de los Medios se ha visto en la obligación de retractarse de la información proporcionada previamente en la que se aseguraba que la cadena había clasificado la cinta como "apta para todos los públicos".
iCmedia recuerda que, durante todos los días de la semana, según el Código de Autorregulación firmado por las cadenas para la protección de la audiencia infantil, los contenidos audiovisuales emitidos entre las 06:00 y las 22:00 horas deben responder a las condiciones de horario protegido establecidas por los firmantes de dicho Código en su apartado II.