El Juzgado de lo Social número 26 de Madrid ha condenado a la televisión autonómica madrileña, Telemadrid, a indemnizar con 100.006 euros a los trabajadores por vulnerar su derecho a huelga el pasado 16 de abril.
La sentencia, que Telemadrid deberá además publicar en su página web y tablones de anuncios, asegura que "todos estos puntos son descripción de daños, derivados de la conducta vulneradora de la libertad Sindical y del ejercicio del derecho de huelga, en similar sentido razona en forma extensa el Tribunal Constitucional en Sentencia de 24 de Junio del 2006 (citada y transcrita por la parte actora en su demanda), y son datos suficientes para la estimación de que la indemnización solicitada es ajustada a derecho, por el efecto perjudicial a todos y cada uno de los trabajadores que han ejercido el derecho de huelga, así como a los sujetos colectivos que han convocado la misma, y en particular al sindicato demandante."
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El juez considera que Telemadrid obligó a sus empleados a dejar programas preparados para emitir durante la huelga, además de cambiar el horario de espacios como 'Alto y claro' y 'Madrid opina' para "ofrecer una visión de normalidad" sin avisar a los espectadores de por qué los programas no se emitían en su horario habitual lo que supone una "nueva voluntad de confusión y déficit en la información de forma premeditada".
"Los medios lícitos debían venir por usar los trabajadores no huelguistas o por haber pactado servicios mínimos, o si se hubiera calificado como servicio esencial con los servicios mínimos disponibles", aunque la cadena decidió renunciar a definir servicios mínimos.
La sentencia es recurrible y así lo hará la cadena. CC.OO. comunicó ayer que cuando termine todo el proceso el dinero "deberá repartirse entre los trabajadores que secundaron las huelgas".