Como parte del proceso que enfrentaba a Belinda Washington y la revista Teleindiscreta, el Tribunal Supremo ha condenado a la empresa Hachette Filipacchi, S.A., propietaria de la ya desaparecida revista -cerró en el año 2008- a pagar 35.000 euros por la vulneración del derecho al honor de la actriz y presentadora.
Para conocer los hechos hay que remontarse al año 2005, cuando Washington era una de las participantes de la segunda edición del programa '¡Mira quién baila!' en La 1. Durante su paso por el concurso, la revista Teleindiscreta publicó un reportaje en el que se afirmaban ciertos hechos que no sentaron muy bien a la presentadora. "Se comporta como una gacela en celo", que parecía "dispuesta a darlo todo en el programa de baile con tal de demostrar que arde por dentro", publicaba la revista.
Filmin estrena el tráiler de 'Millennial Mal', su nueva comedia universitaria de la mano de Lorena Iglesias
'120 Minutos' celebra sus 2.000 programas en Telemadrid con un vídeo del día a día en la redacción
Tráiler de '33 días', la nueva serie de Atresplayer con Julián Villagrán y José Manuel Poga
Tráiler en catalán de 'Ravalear', la nueva serie de HBO Max sobre los fondos buitre
Tráiler de la tercera temporada de 'The Walking Dead: Dead City' de AMC+
Canción ganadora de Eurovisión 2026: DARA con "Bangaranga" por Bulgaria
Belinda Washington decidió demandar a la cabecera después de leer entre sus páginas que "insatisfecha, busca calor en el cuerpo de otro", o que "ni corta ni perezosa toca las partes íntimas de su profesor para demostrar que su libido baila ya a un ritmo desenfrenado".
El Alto Tribunal ha considerado que "las expresiones empleadas suponen insinuaciones insidiosas, vejatorias y gratuitas que agravian innecesariamente la dignidad o el prestigio de la demandante" y que "la ponderación del carácter vejatorio y desproporcionado de las expresiones utilizadas nos lleva a considerar de mayor relevancia en esta caso el derecho al honor sobre la libertad de expresión".
De esta forma, el Tribunal considera que la libertad de expresión se ha visto superada por este artículo, considerando el hecho una intromisión al honor, como ya denunció la presentadora.
El Tribunal revoca así la resolución judicial recurrida por el grupo editorial, ratificando las sentencias dictadas en su día en primera y segunda instancia.